PER

Titulación para Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER)

PER en Alicante

El título de Patrón de Embarcaciones de Recreo, o como suele llamarse «El PER», habilita para hacer navegación costera en barcos de hasta 15 metros. Es el título náutico más demandado, no requiere obtener ninguna licencia ni titulación previa y para conseguirlo hay que aprobar un examen teórico tipo test y realizar unas prácticas en una escuela náutica homologada.

Es la titulación más adecuada para poder realizar todo tipo de travesías como patrón. Además de permitirnos llevar barcos de motor y de vela, con las correspondientes prácticas, el PER, también nos servirá para llevar motos de agua.

El título de Patrón de Embarcaciones de Recreo es relativamente sencillo de obtener. En aproximadamente dos meses es posible preparar el temario y realizar las prácticas necesarias. El temario no es difícil, pero hay que dedicarle algo de tiempo o asistir a un curso si preferimos ahorrar tiempo de estudio. En cuanto a las prácticas tan solo hay que asistir para obtener el certificado, no hay que realizar ninguna examen.

ESCUELA NAÚTICA ALICANTE

¿Para qué sirve el curso PER?

Las atribuciones del PER permiten la navegación nocturna y diurna hasta 12 millas de la costa y la navegación entre islas de los archipiélagos Canario y Balear con barcos a motor de hasta 15 metros de eslora y el manejo de todas las clases de motos de agua.

Patrón de embarcaciones  de Recreo

Todo lo que debes saber sobre el curso de Patrón Embarcaciones de Recreo en Alicante

Navega con embarcaciones de hasta 15 metros de eslora y motos acuáticas.

Navega a una distancia de hasta 12 millas de la costa y entre islas

Curso teórico PER + Prácticas PER Murcia

TÍTULO DE PATRÓN DE EMBARCACIONES DE RECREO.

Atribuciones del título

Más información del P.E.R

1. Atribuciones básicas:
  • Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 12 millas de ésta.
  • Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora, que faculta para la navegación entre islas dentro del archipiélago balear y canario.
  • Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
  • Si se realizan las prácticas de navegación se podrán gobernar embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, así como navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares.
  • Si se realizan las prácticas de vela, se podrán gobernar embarcaciones de recreo a vela, de hasta 15 metros de eslora o bien hasta 24 metros de eslora si también se han realizado las prácticas de navegación.
  • Haber cumplido 18 años de edad.
  • Aprobar el examen teórico correspondiente.
  • Realizar las prácticas de seguridad y de navegación.
  • Presentar un informe de aptitud psicofísica de acuerdo al capítulo IV del Real Decreto 875/2014.
  • Realizar el curso de radio-operador de corto alcance.

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